MEX.- A través del proyecto de decreto redactado por la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, el Gobierno de México plantea una serie de modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley de Amparo, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley Federal de Revocación de Mandato.

La iniciativa propone adelantar el inicio del proceso de elección de jueces y magistrados al mes de abril del año anterior a la jornada comicial. Asimismo, establece que las consultas de revocación de mandato se celebren el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional, haciéndolas coincidir con elecciones federales o locales.

Calendario electoral y comités de evaluación homologados


El proyecto institucional detalla un ajuste en los plazos legales para la organización de los procesos de selección judicial:

  • Emisión de convocatoria: El Senado de la República deberá emitir la convocatoria general a más tardar el 30 de abril del año previo a la elección, permitiendo un margen suficiente para la inscripción de aspirantes y el desarrollo de evaluaciones.

  • Comités de selección: En los 15 días posteriores a la emisión de la convocatoria, se conformarán los comités de selección y la comisión coordinadora encargada de verificar los requisitos de elegibilidad.

  • Criterios de evaluación: Se fijarán metodologías y exámenes de conocimientos homologados para garantizar que la totalidad de los aspirantes sean evaluados bajo las mismas reglas, independientemente del Poder de la Unión que los postule.

Autonomía presupuestaria y redistribución de facultades


La propuesta legislativa reduce el control financiero concentrado en el Órgano de Administración Judicial desde septiembre de 2025, devolviendo facultades de gestión directa a los máximos tribunales del país:

  • Unidades ejecutoras de gasto: La Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral y el Tribunal de Disciplina Judicial fungirán como unidades ejecutoras directas de su presupuesto para evitar retrasos administrativos.

  • Facultades del Pleno de la SCJN: El Máximo Tribunal adquirirá atribuciones para emitir sus propias normas en materia de personal, contrataciones, bienes, patrimonio y ascensos.

  • Resolución de controversias: Se otorga competencia a la Corte para resolver conflictos de atribuciones que se susciten entre los propios órganos del Poder Judicial de la Federación.

  • Pleno de órganos superiores: Se creará un espacio institucional de coordinación entre las distintas instancias del PJF para dar seguimiento a problemáticas operativas comunes.



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